Emisión de medidas de protección y planes de restitución de derechos de NNA
Información sobre los derechos humanos de las personas en contexto de movilidad
Información sobre los derechos y obligaciones de las personas refugiadas y solicitantes de la condición de refugiado
Derechos y obligaciones laborales para las personas adolescentes en edad permitida para trabajar
El grupo de Beta tiene por objeto la protección y defensa de los derechos de las personas migrantes con independencia de su nacionalidad o situación migratoria, a través de las siguientes acciones:
I. Asesoría legal:
Al canalizar las quejas y denuncias de los migrantes ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, cuando se hayan vulnerado sus derechos humanos; ante el Ministerio Público cuando sean víctimas o testigos de conductas posiblemente constitutivas de delito o ante las instancias competentes en materia de fiscalización de los servidores públicos;
II. Orientación:
Al informar a los migrantes sobre los riesgos que enfrentan durante su viaje y dar a conocer los derechos que les asisten en territorio nacional para prevenir abusos en su contra.
https://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/grupos-beta-de-proteccion-a-migrantes
| ESTADO | MUNICIPIO | DIRECCIÓN |
|---|---|---|
| BAJA CALIFORNIA | MEXICALI | Av. Melgar No. 1, Garita Internacional, Zona Centro, C.P. 21100, Mexicali, Baja California. |
| CHIAPAS | PALENQUE | Carretera Palenque-Playas de Catazajá, Ocosingo, KM. 26 + 100, Lado A, Col. Guayacán, C.P. 29960, Palenque, Chiapas. |
| CHIHUAHUA | CIUDAD JUÁREZ | Puente Internacional Córdova de las Américas Av. de las Américas No.2700 (Acera Norte), Área el Chamizal, C.P. 32600, Ciudad Juárez, Chihuahua. |
| CHIHUAHUA | OJINAGA | Puente Internacional Ojinaga, Ubicado en el Blvd. Libre Comercio entre la Av. Fronteriza y Margen del Río Bravo No.2401 , Colonia Río Bravo C.P. 32882. |
| COAHUILA | CIUDAD ACUÑA | Calle Hidalgo No. 1, Puente Internacional, Puerta México, Zona Centro, C.P. 26200, CD. Acuña, Coahuila |
| COAHUILA | PIEDRAS NEGRAS | Oficinas Federales del Puente Internacional II, Coahuila 2000, Planta Alta, Zona Centro, C.P. 26000, Piedras Negras, Coahuila. |
| OAXACA | IXTEPEC | Km 1.5 Carretera Ixtepec-Juchitán, C.P. 70110, Cd. Ixtepec, Oaxaca. |
| SONORA | SAN LUIS RIO COLORADO | Avenida Zaragoza No. 2708, entre calles 27 Y 28, Col. Burócratas, C.P. 83450, San Luis Río Colorado, Sonora. |
| SONORA | NOGALES | Calle Reforma No. 465, Col. El Rosario, C.P. 84020, Nogales, Sonora. |
| TAMAULIPAS | MATAMOROS | Av. Álvaro Obregón S/N, Col. Jardín, Puente Internacional Puerta México, 2do. Piso, C.P. 87330, H. Matamoros, Tamaulipas. |
| VERACRUZ | ACAYUCÁN | Carretera Del Golfo 221, Miguel Alemán, 96000 Acayucan, Ver. |
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/851964/Ruta_de_Proteccion_Integral_de_los_Derechos_de_NNA_en_Situaci_n_de_Migraci_n_-nuevos_actores.pdf
Las medidas de protección especial son mecanismos para dar atención y respuesta especial en los casos en que los derechos de niñas, niños y adolescentes estén vulnerados o restringidos. El objetivo es que NNA acceda al ejercicio de todos sus derechos y son determinadas por la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de las Entidades Federativas. Las medidas de protección son todas las acciones y servicios (incluidas las medidas urgentes, pero no únicamente éstas) dirigidos a la protección de derechos vulnerados o restringidos. La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) menciona que las entidades federativas, municipales y de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán medidas de protección especial de derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en situación de vulnerabilidad por circunstancias específicas de carácter socioeconómico, alimentario, psicológico, físico, discapacidad, identidad cultural, origen étnico o nacional, situación migratoria o apatridia, o bien, relacionadas con aspectos de género, preferencia sexual, creencias religiosas o prácticas culturales, u otros que restrinjan o limiten el ejercicio de sus derechos.
La restitución de derechos en favor de niñas, niños y adolescentes es el conjunto de acciones que realiza la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de las Entidades Federativas, con la finalidad de que instituciones, tanto públicas como privadas, realicen las gestiones correspondientes para que gocen de todos los derechos que han sido advertidos como vulnerados. La restitución de derechos tiene como objetivo que niñas, niños y adolescentes a quienes se les ha vulnerado algún derecho puedan de nueva cuenta gozar de éste. Por lo anterior, Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes de las Entidades Federativas, al advertir la vulneración de algún derecho, ordena, fundada, motivadamente y bajo su más estricta responsabilidad, la aplicación de medidas de protección necesarias para que se lleven a cabo todas las acciones que permitan a NNA gozar de sus derechos nuevamente. Para la emisión de las medidas de protección será necesario contar con un plan de restitución de derechos, mismo que es emitido por la Procuraduría, el cual es un documento que contiene el análisis de la información obtenida en las entrevistas a la familia y a niñas, niños y adolescentes, para identificar cuáles son los derechos que están siendo vulnerados o restringidos.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social a través de la Comisión Intersecretarial para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y la Protección de Adolescentes Trabajadores en Edad Permitida en México (CITI) elaboró en materia de derechos humanos y laborales la Guía para personas empleadoras en la prevención y erradicación del trabajo infantil y la protección de adolescentes trabajadores en edad permitida, la cual se enfoca al cumplimiento de la normativa en cuanto al contrato, seguridad social, prestaciones que deben disfrutar las y los adolescentes trabajadores en edad permitida y la lista de labores consideradas peligrosas o insalubres en las cuales queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de 18 años; además aborda los requisitos y obligaciones que deberán cumplir las personas adolescentes en edad permitida para trabajar, conoce más aquí:
¿Quieres conocer tus derechos laborales? Te presentamos el Prontuario denominado “Tus derechos Laborales: Conócelos, Ejércelos”, el cual tiene por objetivo difundir la normativa de los derechos laborales para las personas adolescentes en edad permitida para trabajar, con perspectiva de derechos de niñez y adolescencia y alineado al principio rector del interés superior de la niñez. El prontuario está dirigido a personas adolescentes de 15 a 17 años.
https://www.gob.mx/stps/documentos/prontuario-tus-derechos-laborales-conocelos-ejercelos
https://normlex.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=1000:12000
C097 Convenio sobre los trabajadores migrantes, para mayor referencia (revisado), 1949 (núm. 97)
Convenio sobre los trabajadores migrantes (disposiciones complementarias), 1975 (núm. 143)
C181 - Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181)
C190 - Convenio sobre la violencia y el acoso, 2019 (núm. 190)
C029 - Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29)
C105 - Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (núm. 105)
P029 - Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930
C182 - Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182)
C138 - Convenio sobre la edad mínima, 1973 (núm. 138)
https://www.ilo.org/es/temas/contratacion-equitativa/iniciativa-para-la-contratacion-equitativa
| Municipios, Entidad | Dirección |
|---|---|
| Ciudad de México | Calle Montes Urales 770, Edificio Montes Urales, Piso 2, Colonia Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11000. |
| Tapachula, Chis | Cuarta avenida Sur #12, entre avenida Central y 2da poniente, colonia Centro, C.P. 30700, Tapachula, Chiapas. |
| Ciudad Juárez, Chihuahua | Calle 16 de septiembre #117 Colonia Juárez. C.P. 32000, Cd. Juárez, Chihuahua |
| Tijuana, B.C. | Dr. ATL 2084, oficina 401 zona Urbana Rio C.P. 22010, Tijuana, Baja California |
| Monterrey, N.L. | Joshep A. Robertson 2830, Colonia Chepevera Monterrey, Nuevo León, C.P. 64030 |
Lunes a Jueves de 09:00 a 16:30 horas (hora de Ciudad de México)
Viernes de 09:00 a 14:00 horas (hora de Ciudad de México)
Teléfono gratuito. 800 226 8769 y 800 283 2718
WhatsApp. 55 7005 5950 y 55 2535 2950
Correo. mexmeatencion@unhcr.org
Mensajes con información para prevenir riesgos y mitigar las consecuencias humanitarias derivadas de la violencia y los peligros de la ruta migratoria.
Información para localizar y acceder servicios humanitarios: ubicación y detalles sobre los servicios ofrecidos, como horarios de atención y otros requisitos para acceder a ellos.
Un espacio digital donde los usuarios pueden almacenar de forma segura sus copias de documentos importantes. El acceso a este espacio está garantizado mediante mecanismos de autentificación que aseguran la protección y la privacidad de la información.
Información sobre el programa de Restablecimiento del Contacto entre Familiares en el que los usuarios pueden ponerse en contacto con la Cruz Roja Mexicana para restablecer y facilitar en contacto con familiares desaparecidos.
Para conocer más del trabajo humanitario del CICR, visita su página web.